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Venta de Terrenos en Punta del Este página 5

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U$S 325.000

Terreno en Cantegril, Maldonado
2446

Terreno en venta cantegril

Venta de Lote en Cantegril, Punta del Este. Hermoso terreno muy elevado, 2.445m2, más de 72mts de frente, con pinos de muchos años, en entorno residencial sobre calle del museo con vistas a Boulevard Artigas, ideal para vivir todo el año! Incluye casa de 40m2. También posibilidad de sumar terreno lindero y terrenos de atrás, consúltenos! Digesto Departamental Detalle de Artículo D.215 VOLUMEN V TEXTO ORDENADO DE NORMAS DE LA EDIFICACIÓN - TONE LIBRO II PARÁMETROS DE EDIFICACIÓN PARTE LEGISLATIVA TÍTULO II Región Maldonado - Punta del Este CAPÍTULO IV Sector 3 - Balneario SECC. ÚNICA Artículo D.215 Subzona 3.1.4. a) Límites: Está definida por la poligonal: Rambla Costanera C. Williman desde Pedragosa Sierra hasta Avda. Rep. Argentina; República Argentina desde Rambla Costanera C. Williman hasta Martiniano Chiossi Martiniano Chiossi desde República Argentina hasta Mar Negro; Calle Mar Negro desde Martiniano Chiossi hasta Mar del Coral; Mar del Coral desde Mar Negro hasta Mercedes; Mercedes desde Mar del Coral hasta Azotea; Azotea desde Mercedes hasta Bulevar Artigas; Calderón de la Barca hasta Avda. Shakespeare; Avda. Shakespeare en toda su extensión hasta Isabel de Castilla; Isabel de Castilla hasta Avda. San Pablo; Avda. San Pablo desde Isabel de Castilla hasta Avda. Luis Pasteur; Avda. Luis Pasteur desde Avda. San Pablo hasta Gabriela Mistral; Gabriela Mistral desde Avda. Luis Pasteur hasta calle las Madreselvas; Calle de las Madreselvas desde Gabriela Mistral hasta Rambla Lorenzo Batlle Pacheco; Rambla Lorenzo Batlle desde Calle Las Madreselvas hasta Avda. Del Mar; Avda. Del Mar desde Rambla Lorenzo Batlle Pacheco hasta Avda. San Remo; Avda. San Remo desde Avda. Del Mar hasta Avda. Roosevelt; Avda. Roosevelt desde San Remo hasta Pedragosa Sierra; Pedragosa Sierra desde Roosevelt hasta Rambla Costanera C. Williman. b) Normas especiales: No se autorizan bloques ni viviendas apareadas. c) Dimensiones mínimas de predios: Conjuntos de unidades locativas aisladas: 1000 m2. por unidad. d) Retiros mínimos: - frontales: 4 mts. - bilaterales: 2 mts. debiendo su suma promedial ser Mayor a 6 mts. - de fondo: 3 mts. e) Altura máxima: 7 mts. (PB + PA) f) Ocupación: Se rige por la norma general de ocupación de la zona 3.1 Barrio Jardín. g) Salientes y cuerpos salientes: 1.50 mts. Listado de fuentes asociadas al artículo Referencia Interna : Tera-18236

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U$S 450.000

Terreno en Playa Mansa, Maldonado
1429

Terreno apto para bloque. punta del este

Atención inversores, Terreno en zona de gran crecimiento, consúltenos por mas información. Digesto Departamental Detalle de Artículo D.213 ________________________________________ VOLUMEN V TEXTO ORDENADO DE NORMAS DE LA EDIFICACIÓN - TONE LIBRO II PARÁMETROS DE EDIFICACIÓN PARTE LEGISLATIVA TÍTULO II Región Maldonado - Punta del Este CAPÍTULO IV Sector 3 - Balneario SECC. ÚNICA ________________________________________ Artículo D.213 Subzona 3.1.2. a) Límites: Está definida por la poligonal: Edgardo Genta desde Rambla Costanera hasta Camino de la Laguna; Ñapindá desde Camino de la Laguna hasta Ñangaripé Ñangaripé desde Ñapindá hasta -a través de su prolongación Avda. España Límite de la zona Maldonado, hasta el Bvar. Artigas. Bvar. Artigas desde Cachimba del Rey hasta la calle Azotea; Calle Azotea desde Bvar. Artigas hasta calle Mercedes, Calle Mercedes desde Azotea hasta Mar del Coral Calle Mar del Coral desde Mercedes hasta Mar Negro Calle Mar Negro desde Mar del Coral hasta Martiniano Chiossi Martiniano Chiossi desde Mar Negro hasta República Argentina; República Argentina desde Martiniano Chiossi hasta Rambla C. Williman; Rambla Costanera Claudio Williman desde Rep. Argentina hasta Edgardo Genta. b) Normas especiales: No se autorizan bloques medios ni altos. c) Dimensiones mínimas de predios: - Bloques bajos: área 1200 m2. y frente 30 mts. - Conjuntos de bloques bajos: 900 m2.por bloque y 30 mts. de frente. - Conjuntos de unidades locativas aisladas o apareadas: 600 m2 por unidad o par. d) Retiros mínimos: frontales: - bloques bajos: 6 mts. - unidades aisladas o apareadas: 4 mts. bilaterales: - bloques bajos: 3 mts., debiendo la suma promedial de los laterales superar 8 mts.. - unidades aisladas o apareadas: 2 mts. debiendo su suma promedial ser Mayor a 6 mts.. de fondo: - bloques bajos: 4 mts.. - unidades aisladas o apareadas: 3 mts.. e) Altura máxima: - bloques bajos: 9 mts. (PB + 2PA) - unidades aisladas o apareadas: 7 mts. (PB + PA) f) Ocupación: Bloques bajos: F.O.S SS.: 40% F.O.S.: 20% F.O.S.V: 60% F.O.T.: 60% Las unidades locativas aisladas o apareadas se rigen por la norma general de ocupación de la zona 3.1 Barrio Jardín. g) Salientes y cuerpos salientes: 1.50 mts. excepto en los bloques bajos que pueden llegar a 2mts.. ________________________________________ Listado de fuentes asociadas al artículo Fuente Observaciones Dto.Jta.Dep. 3718 de 1997-12-23 Referencia Interna : Tera-6077

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