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Ubicación Principal

Portezuelo, Maldonado

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Detalles de la Propiedad

Tipo de Propiedad
Terreno
Estado
Baños
1
Antigüedad
Dormitorios
Monoambiente
Distancia al Mar
Vista al Mar
Garajes
Financiación
Orientación
No aplica
M² del terreno
10.253 m2
Barrio Privado
Referencia
X8B212
Sobre
No aplica
Zona
Portezuelo
Disposición
No aplica
Acepta permuta
Vivienda Social
Apto para Oficina
No

Descripción

Terreno de 10.253 m2 conformado por 4 padrones con frente a Av. Antonio Lussich y Camino al Marítimo.

Apto para edificar conjuntos de unidades locativas aisladas o apareadas: 1.000 m2 por unidad o par. No se autorizan bloques.

FOT 40%, FOS SS 20%, FOS 20% Y FOS V 60%.

Transcribimos normativa para la zona:

Digesto Departamental

Detalle de Artículo D.217

VOLUMEN V

TEXTO ORDENADO DE NORMAS DE LA EDIFICACIÓN - TONE

LIBRO II

PARÁMETROS DE EDIFICACIÓN

PARTE

LEGISLATIVA

TÍTULO II

Región Maldonado - Punta del Este

CAPÍTULO IV

Sector 3 - Balneario

SECC. ÚNICA

Artículo D.217

Subzona 3.1.6.

a) Límites: Corresponde al resto del sector Balneario.

b) Normas especiales:

b1) En las construcciones que se realicen en la costa de la Laguna del Diario, el nivel principal debe situarse a un metro por encima de la línea de máximas crecientes.

b2) No se autorizan bloques.

c) Dimensiones mínimas de predios: Conjuntos de unidades locativas aisladas o apareadas: 1000 m2.por unidad o par.

d) Retiros mínimos:

- frontales: 6 mts. sobre predios fiscales y 4 mts. el resto, pero en este caso es 8 metros por ser calles de retiros especiales.

- bilaterales: 2 mts. debiendo su suma promedial ser Mayor a 6 mts.

- de fondo: 3 mts.

En la zona de Portezuelo, cuando la faja non edificandi de 30m ha sido fusionada a los padrones linderos a la anteplaya, las edificaciones deberán respetar 36 mts. de retiro frontal y las piscinas deberán respetar 30m de retiro frontal. (Decreto 3876 del 6 de Julio de 2010).

Los demás parámetros de edificación (FOS, FOT, etc.) se calcularán computando el área total del padrón.

e) Altura máxima: 7 mts. (PB + PA)

f) Ocupación: Se rige por la norma general de la zona 3.1 Barrio Jardín.

g) Salientes y cuerpos salientes: 1.50 mts.

Artículo D.211.- Zona 3.1. Barrio Jardín.

a) Ocupación: En los solares con área inferior a 500 m2. y superior a 1.000 m2, regirán los siguientes parámetros:

FOS SS FOS FOS V FOT

ST ***

ST ***

En los solares con área intermedia, los factores de ocupación se obtendrán de la interpolación de los

anteriores valores.

Referencia Interna : Tera-1653
Terreno de 10.253 m2 con frente a dos calles es un Terreno de 10253 m². Se ubica en Portezuelo, Maldonado.Esta propiedad se encuentra disponible a la venta y fue ingresada por Wynter Inmobiliaria Mvd el 14 de abril de 2026. El precio de Venta es de U$S 1.100.000